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Versión estenográfica del mensaje de la senadora Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Mesa Directiva del Senado de la República, en los Diálogos Parlamentarios “Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar Delitos contra Trata”. 

 

 

Mi compañera y compañero senador. 

 

Gracias, muchas gracias Gaby, por estar presente. Y muchas gracias Luis David Ortiz, muchas gracias por  tu presencia también, que es muy importante que estén aquí. 

 

También quiero agradecer a las Fiscalías Generales de las diversas entidades federativas. 

 

A los representantes de los Tribunales Superiores de Justicia, magistradas, magistrados, jueces, juezas. A las Secretarías de Gobierno también. 

 

Creo que es un tema que nos atañe a todos. Muchas gracias por estar aquí. 

 

Esta es una iniciativa que presenté, relacionada con una modificación, una reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas; y también para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos. Específicamente, en materia de procesamiento de casos de trata de personas. 

 

Miren ustedes, el fenómeno de la desaparición de niñas, de 15 a 25 años, hoy en día en nuestro país, es de verdad digno de atenderse de inmediato. No es un problema aislado, es un problema que está presente. 

 

Y, por ejemplo, yo quería compartirles que en Nuevo León, por ejemplo, hay alcaldes que después del tema del caso Debanhi, están en este momento implementando protocolos, el Protocolo 48, que me gustaría de verdad, señoras y señores secretarios generales de gobierno, que ojalá fuera implementado por los diversos municipios; porque es una coordinación de todas las instancias del gobierno municipal y estatal, para la localización de estas niñas y estas jóvenes desaparecidas, que tiene mucho que ver, mucho que ver con el problema de  trata. 

 

En muchas ocasiones, yo diría en la mayoría de ocasiones, está relacionado con el problema de trata. 

 

Entonces, creo sinceramente que es importantísimo que estén aquí, les agradezco a los especialistas, al licenciado Joaquín Torres; a la doctora Carolina Gómez Mcfarlane, gracias Carolina. Y a todos los que están presentes. 

 

El combate a la trata es vital para lograr un mejor país, para salvaguardar los derechos de las niñas, de los niños, de los adolescentes, de la población en general. 

 

La iniciativa que hemos presentado, que quiero darle crédito a las magistradas y magistrados federales que me apoyaron en la redacción de esta reforma, con su experiencia vivida y qué es lo que ellos tenían de estas causas penales de deficiencias, para poder tipificar el delito de trata y posteriormente, la atención a la víctima. 

 

Entonces, creo que fue muy importante que ellos estuvieran presentes en esta redacción y que me apoyaron incondicionalmente, de verdad, se los quiero agradecer, para poder lograr esta iniciativa. 

 

El combate a la trata es vital, la iniciativa considera que en México se debe redefinir las políticas legislativas para combatir la trata de personas, en virtud de que la normatividad existente en este tema, lamentablemente ha sido rebasada, como los mismos juzgadores me comentaban. 

 

Y por este motivo, en este momento esta normativa resulta insuficiente. Partimos de esta dura realidad, porque estas conductas no se conforman con el tipo penal y el principio de taxatividad que tiene que regir en todos los delitos. Entonces, por eso es importantísima esta reforma. 

 

De acuerdo con los datos de la Fiscalía General de la República, la trata de personas es uno de los delitos más lucrativos del mundo, fíjense ustedes. Entre los negocios más lucrativos del mundo, ilícitos, está por supuesto el narcotráfico, está el robo de combustible; pero la trata de personas está entre los más lucrativos del mundo. 

 

Se estima que hay 5.4 millones de víctimas en el mundo, de las cuales, 1 de cada 4, 1 de cada 4 son menores de 18 años. La trata de personas es una forma de violencia de género que afecta principalmente, a las mujeres y a las niñas; y esto es desgarrador. 

 

Bajo este muy duro contexto y realidades, es que surge esta iniciativa al amparo del artículo 73, fracción vigésima primera, inciso a) de nuestra Constitución, que prevé la facultad del Congreso Federal para expedir leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en materia de trata de personas; y esto con el fin de reformar y subsanar diversas necesidades latentes, como son las siguientes: 

 

Esta es la iniciativa que trata, de verdad, de colmar estas necesidades latentes. A ver, veamos cuáles son los rubros más importantes de esta iniciativa: 

 

Primero, que las penas que se establecen en la legislación actual, son muy bajas y no corresponden ni son proporcionales con el daño causado en materia de trata de personas. Esta forma de esclavitud moderna. 

 

En muchos casos, ni las autoridades, como son las sanitarias, las de turismo, las de comunicación y transportes, las educativas, ni el mismísimo Ministerio Público ni la autoridad judicial, tienen un conocimiento jurídico sobre la forma en cómo se consuman estos delitos en materia de trata; y esto genera una falta de información para poder determinar la selección de la norma aplicable, fundante, respecto de la tipicidad. 

 

Siguiendo con esta idea, en algunos casos hay una falta de profesionalización y sobre todo, fiscales es un llamado a ustedes, a las unidades especializadas en delitos en contra de la violencia contra las mujeres, de los juzgadores y juzgadoras; que hay que atender todos estos temas con perspectiva de género. 

 

Y todas estas autoridades que intervienen en estos procesos de trata de personas, tienen que tener el lente, el lente o la lente de perspectiva de género. 

 

También nos encontramos ante la urgencia de actualizar los tipos penales a esta nueva realidad, en virtud de que actualmente se omite contemplar supuestos fácticos de hecho que se están presentando, como lo son los engaños, para constituir una familia, imagínense; se engaña a la chica, que van a constituir una familia o a la pareja o a una descendiente o descendiente, derivado de una relación sentimental o alguna otra forma de relación, que no llegue a constituirse como concubinato o como sociedad de convivencia por razón del tiempo u otro requisito legal, que se requiere. 

 

Es decir, estas relaciones análogas, en donde hay esta, digamos, este engaño a las jóvenes para constituir una pareja o para constituir una familia o tener descendencia o una relación sentimental; no llega a  constituirse como concubinato, no llega a constituirse obviamente, a veces ni como matrimonio, por supuesto, ni sociedad de convivencia por razón del tiempo.  

 

Y, es justamente esta última situación en la que se encuentran muchas personas que son sujetas, son sujetos pasivos del delito de trata y están obviamente, en esta relación sentimental y que finalmente, son o resulta que el interés del tratante era este enamoramiento para posteriormente, hacerla una víctima de trata. 

 

Entonces, resulta necesario actualizar esta ley, en armonía con todo el sistema penal vigente, a fin de que se tome en cuenta esta realidad consistente en el engaño, en la seducción a las personas menores, pero también a las mayores de edad, con la finalidad o supuesta finalidad de formar una familia. 

 

Y esta por ejemplo, es una aparente unión de hecho, pero que al final explotan sexualmente o las entregan a terceras personas para su explotación. Entonces, no podemos ni debemos continuar aceptando esta realidad. 

 

Entonces, tenemos que cambiar esta realidad a partir de cambiar la normativa, a partir de cambiar el tipo o los diversos tipos de trata de personas. Y la tenemos que cambiar a partir de modificar esta ley, de cambiar el derecho. 

 

En otras ocasiones, por ejemplo, que no se cumple el plazo del concubinato, ahora ya son dos años, pero la ley vigente tampoco contempla otros supuestos ni aquellos en que las uniones diversas a las figuras jurídicas del concubinato, del matrimonio, de la sociedad de convivencia; y que se deben considerar como efectivos para que efectivamente, puedan lograr esta protección a estos sujetos pasivos de estos ilícitos. 

 

Miren ustedes, yo quiero compartirles un caso que fue de un dramatismo terrible. Un juez de distrito de, si no recuerdo, hace ya varios años, de Chiapas, dijo que no se daba el delito de trata, aun cuando la chica estaba sujeta a esta esclavitud de explotación sexual; porque un joven o un hombre que quiere conformar una familia, es decir, que embarazó a esta persona para tener un hijo con ella, ¿cómo era posible que después la explotara sexualmente? Que era la madre de sus hijos y que por consecuencia, no se configuraba el delito de trata. 

 

Esta fue la sentencia, que no se configuraba el delito de trata, aun cuando la sujeto pasiva estaba siendo explotada sexualmente, porque, qué hombre iba a permitir esta explotación sexual, si lo que quería era una familia y tener hijos con esta joven víctima de trata. 

 

Es de verdad una sentencia sin perspectiva de género, sin conocimiento alguno del tema de trata y para enmarcarla, para enmarcarla en un cuadro para, efectivamente, hacer exactamente lo contrario de este juzgador. 

 

Y entonces, por eso ahora estamos en el tipo penal, estamos también catalogando ciertas relaciones análogas que no es ni el concubinato, que no es una sociedad de convivencia, que no es tampoco obviamente un matrimonio; pero que esta relación análoga, ¿qué hacen los tratantes? Las embarazan, las mantienen explotadas sexualmente en virtud de los hijos; obviamente están totalmente descuidados los hijos. 

 

Y ellas, por sus hijos, por ese hijo que tienen, en muchas ocasiones siguen en este tema de trata. 

 

Entonces, por eso es que esta iniciativa que nos ocupa, toma en cuenta el marco convencional de los tratados y las convenciones internacionales; para armonizar la legislación nacional sobre el delito de trata y con lo que se busca acotar brechas entre la ley y la realidad que estamos viviendo, y darle efectividad a los derechos para tener una vida libre de violencia y de explotación sexual. 

 

Entonces, creo yo que en este panel vamos a escuchar a especialistas, a legisladores, a legisladoras; también a fiscales, a secretarios generales, pero la prevención sobre todo para estas chicas que han sido levantadas últimamente y que ya es un número muy considerable en el país, de jóvenes que desaparecen y que seguramente ya están en los temas de explotación sexual y de trata de personas. 

 

Muchas gracias, Rafa.