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Número - 1291

  • El dictamen establece prisión de 15 a 40 años a quien utilice aeronaves pilotadas a distancia para cometer conductas indebidas.

 

El Pleno del Senado también aprobó, con 94 votos a favor y ocho abstenciones, reformar el Código Penal Federal y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para sancionar el uso indebido de aeronaves pilotadas a distancia, conocidas como “drones”.

 

Con ello, se busca imponer prisión de 15 a 40 años y una multa de 400 a mil 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien utilice aeronaves pilotadas a distancia para cometer conductas indebidas.

 

En el dictamen, que fue remitido al Ejecutivo Federal, se plantea sancionar con prisión de 10 a 20 años a quien, mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia, arroje cualquier objeto o artefacto explosivo o sustancia química o que impacte a cualquier persona o propiedad, con el propósito de causar daño.

 

Además, propone aumentar hasta en una mitad la pena cuando el daño sea a una persona o bien de las fuerzas armadas o de seguridad pública.

 

Para quien importe, manufacture, arme, adquiera o adapte aeronaves pilotadas a distancia para el transporte de artefactos explosivos, armas, narcóticos o drogas sintéticas, sugiere una pena de prisión de cinco a 10 años.

 

También sanciona a quien utilice aeronaves pilotadas a distancia equipadas con dispositivos que permitan fotografiar o realizar grabaciones de audio o video, para vigilar actividades de personas servidoras públicas, con la finalidad de conocer o reportar su ubicación.

 

El dictamen sanciona de tres a 20 años de prisión a quien mediante violencia, amenazas o engaños se apodere o tome el control de una plataforma física, instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos que presenten servicios de aviación civil.