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Número - 911

  • Dictamen precisa que este delito se perseguirá de oficio y la pena puede aumentar hasta en un tercio de la sanción que corresponda.

Las comisiones unidas para la Igualdad de Género, de Justicia y Estudios Legislativos Segunda aprobaron por mayoría establecer en el Código Penal Federal que las lesiones se considerarán infligidas por razones de género cuando se cometan dolosamente en contra de mujeres y sean infamantes o degradantes. 

 

También cuando existan antecedentes o datos de violencia física, psicológica, económica o sexual en el ámbito familiar, institucional, laboral o escolar por parte del sujeto activo en contra de la víctima. 

 

Además, en caso de que la afectada haya sido incomunicada, o cuando entre el agresor y la víctima exista o haya existido una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza; así como cuando se haya utilizado cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares.  

 

Estas lesiones, que estarían enlistadas en el artículo 310 del Código Penal Federal, consideradas como infligidas por razones de género, serán un delito que se perseguirá de oficio. 

 

La propuesta tambien señala que, atendiendo al resultado de la lesión inferida por razones de género, la pena se aumentará hasta en un tercio de la sanción que corresponda. 

 

Por otro lado, se deberá de garantizar en todo momento la incorporación de la perspectiva de género tanto en la reparación integral del daño como en el otorgamiento de las medidas de protección contenidas en el artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales. 

 

 

 

La presidenta de la Comisión para Igualdad de Género, Martha Lucía Micher Camarena dijo que la aprobación de este dictamen representa un esfuerzo colectivo de las y los legisladores en favor del reconocimiento del derecho humano de las mujeres. 

 

En tanto, la senadora Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Comisión de Justicia, destacó la importancia de considerar este tipo de lesiones como agravantes y no como un tipo penal independiente.  

 

Rafael Espino de la Peña, presidente de la comisión de Estudios Legislativos, Segunda, dijo que al enlistar estos supuestos se busca equilibrar las desventajas jurídicas que enfrentan las mujeres; además destacó que se aumentará hasta en un tercio de la sanción a quien cometa este delito.  

 

Por Morena, la senadora Nancy Sánchez Arredondo indicó que esta propuesta fortalece la capacidad legal de las autoridades y, de esta forma, se implementan sanciones a quienes agreden a las mujeres, ya que casos como el de María Elena Ríos, saxofonista atacada con ácido, quedan impunes. 

 

La senadora del PRI, Nuvia Mayorga Delgado, enfatizó que las sanciones aplicarían cuando el sujeto activo y la víctima tengan o mantengan una relación, ya sea sentimental, de parentesco, laboral o de confianza, por lo que su aprobación es importante para proteger la integridad de las mujeres. 

 

Noé Castañón Ramírez, senador de Movimiento Ciudadano, consideró que con este dictamen, se pretende atacar el problema desde la raíz, que son las conductas lesivas en contra de las mujeres. “Debemos proteger la integridad de la mujer, pues es una deficiencia que hemos tenido en las legislaciones”.