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Número  - 213

  • El proyecto incluye la posibilidad del juicio agrario en línea.
     

En la Comisión de Reforma Agraria, que preside el senador Ángel García Yáñez, se impulsa una reforma para actualizar la Ley Agraria, a 30 años de su promulgación, con el objetivo de facilitar la impartición de justicia en ese sector, a través del juicio agrario en línea. 

 

El legislador del PRI destacó lo anterior al encabezar la Décimo Cuarta Reunión Ordinaria de la Comisión, en la que fue aprobado el Plan Anual de Trabajo que comprende el análisis de más de 18 iniciativas de Ley. 

 

“Estoy consciente que es de suma importancia actualizar la Ley Agraria, con objeto de, entre otros temas, facilitar la impartición de justicia agraria, a través del juicio agrario en línea”, destacó el senador. 

 

Para esto, dijo, se analiza un proyecto que modifique la legislación en la materia, mismo que estaría integrado por 14 títulos, dos de los cuales son relativos a la justicia agraria. 

 

Expuso que en el Título Décimo Tercero se propone lo referente a la justicia agraria con diversos capítulos: el primero de ellos sobre las disposiciones generales; en el segundo, lo referente a los emplazamientos; en el tercero, lo relativo al procedimiento oral agrario; el cuarto, se refiere a los medios de prueba que se podrán aportar en los juicios.  

 

En el quinto capítulo de dicho Título, se incluiría el juicio agrario sucesorio en la vía sumaria; el capítulo sexto, corresponde a la jurisdicción voluntaria; el séptimo, lo relativo a la sentencia; en el octavo, los medios de impugnación; y en el noveno, la ejecución de sentencias. 

 

Aseguró que bajo ese esquema se cumplirá con el principio constitucional de otorgar seguridad jurídica en la tenencia de la propiedad ejidal, comunal y la pequeña propiedad, donde las partes podrán optar, si así lo desean, por llevar su proceso en línea. 

 

Explicó que también se establecería, de manera precisa, los principios que se deberán atender en el juicio agrario, que son oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad, concentración, dirección, impulso, preclusión procesal, defensa adecuada y gratuidad. En tanto, los tribunales agrarios garantizarán el derecho de las partes a una defensa adecuada. 

 

Continuó que en materia de acceso a la justicia de personas y comunidades que se definen como indígenas, se propone la suplencia en sus planteamientos de derecho; además de enunciar las medidas para contar con intérpretes de su lengua y asesores en su cultura, las cuales, en caso de no respetarse pueden originar la reposición del procedimiento, sea de oficio o por resolución jurisdiccional. 

 

García Yáñez abundó que se establecen los medios de apremio, para que el Tribunal Unitario Agrario haga cumplir sus determinaciones.  

 

También se regula, con normas ajustadas a la realidad que se vive en el campo, el ofrecimiento, admisión y desahogo de las pruebas que han de desahogarse en el proceso, entre otros puntos, destacó.  

 

ALJ