Número-1196
- El pleno del Senado avala dictámenes para garantizar derechos humanos y la no discriminación.
El Pleno del Senado aprobó, con 93 votos a favor, 10 en contra y 11 abstenciones, la minuta por la que se deroga la fracción I del artículo 26 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que incluye el requisito de contar con título profesional para tener acceso a la titularidad del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED).
Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Kenia López Rabadán, destacó que, pese a que se elimina el requisito de contar con título profesional, permanece la obligación de que la persona titular de dicho organismo público descentralizado debe haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, sociales, de servicio público o académicas relacionados con la Ley.
En el documento, que se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, se detalla que la fracción de referencia podría considerarse una disposición aparentemente neutral, pero ubica a un grupo social específico en notoria desventaja frente al resto.
“Por lo que, a efecto de prevenir un posible acto de discriminación indirecta, se propone eliminar el requisito de contar con título profesional”, señalaron las y los senadores en el documento aprobado.
El primer dictamen, avalado con 113 votos a favor, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; la Ley General de Educación; la Ley Federal del Trabajo; y la Ley General de Salud.
Éste tiene como objetivo principal actualizar y armonizar la legislación nacional en materia de reconocimiento y respeto de derechos humanos de las personas que viven con VIH/Sida en nuestro país, de conformidad con estándares y tratados internacionales, atendiendo con ello múltiples recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Otro proyecto de decreto que respaldaron en el Senado, con 109 votos a favor, reforma los artículos 1 y 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y tiene el propósito de adicionar diversos conceptos que permitan una amplia protección a las personas en relación con la discriminación por motivos de salud.
Así, con estas modificaciones legales se incorpora que nadie puede ser discriminado por motivos de salud física o mental.
En otro punto, los legisladores aprobaron, con 107 votos en pro, los cambios realizados a la minuta de la Cámara de Diputados que reforma el artículo 5 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para incorporar el principio de paridad de género en la integración del personal que labora en dicha Comisión.
A dicho proyecto, las y los senadores le realizaron modificaciones, para precisar que el criterio constitucional de paridad de género debe ser observado en la titularidad de las visitadurías generales y adjuntas, por lo que el proyecto se devolvió a la colegisladora.