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Número - 1130

  • Con ello, podrán participar también organizaciones en tareas de auxilio, acopio de víveres o en la administración de albergues.

 

Con 83 votos a favor, la Cámara de Senadores aprobó una reforma para incluir a los grupos vecinales y organizaciones sociales, que cuenten con conocimiento, experiencia y equipos necesarios, entre las agrupaciones de voluntarios que pueden acreditarse ante autoridades de los tres órdenes de gobierno para prestar sus servicios en acciones de protección civil.

 

El dictamen, que reforma la Ley General de Protección Civil, fue remitido a la Cámara de Diputados.

 

Destaca que las organizaciones de la sociedad civil son agrupaciones constituidas por individuos que pueden realizar actividades de defensa y respeto a los derechos humanos, de apoyo o asistencia a terceros sin fines de lucro ni de proselitismo partidista, político-electoral o religioso, y que no persiguen beneficios personales, sino sociales comunitarios.

 

Esencialmente, “su origen responde al derecho de todo miembro de la sociedad de ejercer su participación ciudadana como la clave para la existencia de una mayor corresponsabilidad de los gobiernos y los ciudadanos”.

 

Los grupos vecinales, en tanto, son organizaciones conformadas por residentes de una determinada área geográfica o vecindario que se unen con el propósito de abordar y resolver temas y problemas comunes en su comunidad.

 

“Estos grupos suelen tener como objetivo mejorar la calidad de vida de los habitantes locales, promover la participación ciudadana y colaborar en cuestiones relacionadas con la seguridad, el medio ambiente, servicios públicos y otros aspectos que afectan directamente a la comunidad”, añade el documento.

 

En consecuencia, se plantea con esta enmienda que, tanto grupos vecinales y organizaciones de la sociedad civil, tengan una participación directa, activa y organizada en tareas de rescate y auxilio, administración de albergues, servicios médicos de urgencia, centros de acopio, distribución de víveres, medicamentos, material de abrigo y artículos diversos, ante posibles afectaciones a la ciudadanía, como las ocurridas por desastres naturales.

 

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, Rafael Espino de la Peña, destacó que las organizaciones civiles y los grupos vecinales son conjuntos de individuos cuyas acciones no tienen fines de lucro, ni persiguen beneficios personales, sino sociales. 

 

Con la reforma, dijo, se pretende fortalecer el buen actuar ciudadano de los grupos de voluntarios que prestan sus servicios, que haya una acción coordinada de manera altruista y comprometida cuando se requiera.

 

Lucía Trasviña Waldenrath, presidenta de la Comisión de Justicia, pidió al Pleno respaldar el dictamen y recordó que el órgano legislativo que preside ha cumplido “a cabalidad” sus trabajos de análisis de dictámenes, minutas, puntos de acuerdo, etcétera, de manera que no dejará rezagos para las próximas legislaturas.

 

La senadora promovente de esta reforma, Gina Andrea Cruz Blackledge, destacó que, ante la susceptibilidad de nuestro país a desastres naturales, “la sociedad civil es el origen de la protección civil”, pues ayuda y se organiza espontáneamente para apoyar en tareas de rescate, auxilio, administración de albergues, servicios médicos, urgencias, centros de acopio o distribución de víveres.

 

No obstante, advirtió que la actuación de la sociedad civil organizada muchas veces tiene que esperar el “beneplácito” de las autoridades para acudir a apoyar inmediatamente frente a la premura y urgencia de las emergencias, o deben hacer “antesala” para que la burocracia permita su actuación, al amparo de la interpretación discrecional de la ley.