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Número-172

  • Otorgarles mayor formalidad en su funcionamiento, además de claridad y precisión en sus alcances, el objetivo.


 

Con 99 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó un proyecto para otorgar a los grupos de amistad del Congreso de la Unión una mayor formalidad en su funcionamiento, además de claridad y precisión en sus marcos de referencia y alcances. 

 

En el dictamen, que reforma el artículo 145 de la Ley Orgánica del Congreso General, las y los senadores destacaron que estos grupos permiten la interacción y comunicación entre el Congreso mexicano y los parlamentos de otras naciones, como facilitadores de los intercambios, preparación y seguimiento de la diplomacia formal de las reuniones multilaterales o bilaterales instituidas.  

 

Consideraron que deben tener un carácter dominantemente Bicamaral, a fin de alcanzar una coordinación eficaz en la materia, sin demérito de la diversidad y pluralidad que distinguen a un Poder Legislativo democrático, y sin menoscabo de que cada Cámara pueda establecer grupos de amistad con sus homólogos de otros parlamentos del mundo.  

 

Sin embargo, “no mantienen una actividad constante en razón de que, con independencia de los dos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General que establecen su existencia y los órganos que intervienen en su integración, no existen reglas para su funcionamiento, lo que deja al libre criterio de quienes los conforman los mecanismos para establecer las relaciones encomendadas”. 

 

La reforma precisa que estas agrupaciones son órganos de la diplomacia parlamentaria que corresponde a las cámaras del Congreso, que se constituyen para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones diplomáticas.  

En este sentido, deberán propiciar la comunicación entre el Congreso y los parlamentos con los que interactúan; y su misión será el acercamiento institucional y la colaboración con las instancias camarales que conducen la política interparlamentaria.  

 

Las y los legisladores determinaron que los grupos de amistad tendrán dos modalidades: bicamarales y unicamarales. Su duración estará ligada a la legislatura en que se conformen.  

 

El Pleno del Senado aprobó una adenda presentada por las comisiones dictaminadoras con la que se modificó el artículo 145 del dictamen, con la finalidad de que los grupos de amistad rindan informes a los presidentes de las comisiones de Relaciones Exteriores, de la Cámara de Diputados y a las comisiones de Relaciones Exteriores correspondientes al Senado. 

 

Además, se puntualiza que dichas comisiones deberán conocer el programa de trabajo de los grupos y que podrán solicitar el apoyo de estos para tareas de vinculación y relación con el país a los que se refiera cada grupo especifico.  

 

Prevé que, en coordinación con la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados o de las correspondientes al Senado de la República, se acepten invitaciones para visitar el Parlamento del país amigo, con el acuerdo de las Mesas Directivas y Juntas de Coordinación Política de las Cámaras del Congreso.  

 

Establece que se podrán hacer invitaciones, para recibir visitas de cortesía de delegaciones y grupos de amistad de parlamentos extranjeros, en acuerdo con los órganos de dirección de ambas cámaras del Congreso.  

 

También se avaló una propuesta del senador Miguel Ángel Mancera Espinosa, del PRD, para incorporar el lenguaje inclusivo en la redacción del proyecto de decreto. 

 

La senadora Beatriz Paredes Rangel, presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores América Latina y el Caribe, destacó que se trata de una iniciativa que robustece el papel del Senado en una de sus atribuciones exclusivas: la de acompañar la política exterior y desarrollar ésta por parte del Congreso.  

 

Por diversas razones, dijo, los grupos de amistad se dejaron de constituir en el Senado, por lo que se debilitó su tarea en la diplomacia parlamentaria. El dictamen se envío a la Cámara de Diputados.