plg_search_media
Search - EDocman
Buscar - Categorías
Buscar - Contactos
Buscar - Contenido
Buscar - Canales electrónicos
Buscar - Etiquetas

Número - 1305

  • Tiene el objetivo de suspender derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público a agresores sexuales y deudores alimentarios.  

 

Con 63 votos a favor y dos abstenciones, el Senado aprobó el dictamen que reforma y adiciona los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, sobre suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.  

 

Las y los senadores dieron su respaldo al proyecto que envió la colegisladora para suspender los derechos o prerrogativas de los ciudadanos por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.  

 

Por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa. 

 

Además, plantea que para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere: ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de 10 años, con título profesional de licenciado en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito doloso.  

 

“Con la reforma propuesta se busca incidir favorablemente en la ética pública y política, en beneficio de la sociedad en su conjunto”, se destaca en el dictamen.  

 

Las y los senadores coincidieron en que en una verdadera democracia, no basta con ser un funcionario eficiente, si se es acosador sexual; no basta ser un servidor público destacado, sí se es agresor por razones de género; no basta ser un legislador, un juez, un alcalde o un magistrado honrado y sin vínculos de corrupción, sí se es deudor de pensión alimenticia. 

 

“Por eso, es necesario legislar para que se garantice la idoneidad de las personas que aspiran a acceder a cargos públicos”, enfatizaron las y los legisladores.  

 

Una vez que fue aprobada por el Pleno del Senado, la reforma constitucional se remitió a las legislaturas estatales.