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Número - 1299

  • Esta libertad les permitirá discutir las condiciones, modalidades, plazos, limitaciones, contenido y demás estipulaciones de los contratos.

Las comisiones unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos Segunda aprobaron un dictamen para que los trabajadores al servicio del Estado puedan reestructurar, en UMA o pesos, sus adeudos de crédito de vivienda, cuando hayan dejado de prestar sus servicios en el sector público y se le haya sido aplicado el plazo de un año de prórroga.  

 

El proyecto a la minuta que modifica diversas disposiciones de la Ley del ISSSTE fue aprobado por unanimidad por los órganos legislativos que presiden la senadora Gricelda Valencia de la Mora y el senador Rafael Espino de la Peña.  

 

Valencia de la Mora explicó que se establece este esquema mixto, UMA o pesos, para la obtención y pago de créditos de vivienda de los afiliados al ISSSTE, para que puedan elegir entre ambos esquemas, ya que cada uno tiene características específicas y, por tanto, pueden influir en la decisión de optar por el que más les convenga. 

 

“Esta libertad también permite discutir las condiciones, modalidades, plazos, limitaciones, contenido y demás estipulaciones de los contratos; exige, pues, la garantía de las relaciones justas y libres, pero ajustadas a la ley y sin que la libertad contractual sea arbitraria, ya que está gobernada por el marco de la Constitución Política, que incorpora como principio el de la solidaridad social y la prevalencia del interés general”, aclaró. 

 

La senadora agregó que con este esquema de libertad contractual, se podrá pactar la forma en la que se aplicarán las aportaciones subsecuentes al otorgamiento del crédito, a fin de clarificar qué conceptos se cubren primero con el pago que la persona trabajadora realiza cada quincena: seguro de daños, intereses ordinarios, capital, para que tenga plena certeza de la forma en que se amortizará su crédito. 

 

Con ello, aseguró la presidenta de la Comisión de Seguridad Social, se garantiza la libre elección por parte de las personas derechohabientes de las condiciones del crédito, lo que podrán realizar revisando diferentes elementos, como puede ser la tasa de interés o el monto de crédito otorgado. 

 

Señaló que los créditos generarán intereses únicamente sobre el saldo insoluto de los mismos, es decir, la parte de un crédito que aún se encuentre pendiente por pagar, a la tasa de interés que determine la Junta Directiva del Instituto. Dicha tasa deberá ser menor al promedio cobrado por la banca comercial para créditos hipotecarios, aseguró. 

 

Además, el Instituto podrá solicitar a la dependencia o entidad para la cual labore la persona acreditada, descontar hasta un 30 por ciento de la pensión, del sueldo básico o de la cantidad que resulte de sumar el sueldo básico y las compensaciones que en términos de las disposiciones aplicables correspondan, o bien, el 20 por ciento de la pensión correspondiente, cuando el crédito se haya originado bajo ese rubro. 

 

“Las personas derechohabientes participarán de esta forma en la toma de decisiones con la información respectiva de la elección de su crédito y todo lo referente a él, que quedará establecido en el contrato respectivo”, destacó la senadora Gricelda Valencia de la Mora.