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Número - 1283

  • El nuevo ordenamiento plantea que todos los órdenes de gobierno deberán respetar los derechos ciudadanos. 

 

Las comisiones unidas de Desarrollo y Bienestar Social, y de Estudios Legislativos Segunda, que presiden la senadora Marcela Mora Arellano y el senador Rafael Espino de la Peña, respectivamente, aprobaron con mayoría de votos expedir la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible.  

 

El nuevo ordenamiento tiene como objetivo que el Estado garantice una alimentación adecuada a los grupos vulnerables.  

 

Establece que todas las autoridades del Estado tienen la obligación de promover, respetar y proteger el ejercicio del derecho a la alimentación adecuada, de conformidad con el interés superior de la niñez, diversidad cultural, eficiencia, libre competencia, transparencia y rendición de cuentas. 

 

De igual manera, prohíbe condicionar el suministro de alimentos con cualquier propósito que no se encuentre expresamente justificado por la ley, en cuyo caso serán aplicables las sanciones que determine la legislación correspondiente. 

 

Para hacer efectivo el derecho de las personas y colectivos en situación de vulnerabilidad social a acceder a una alimentación adecuada, gratuita o a precios accesibles, las autoridades de los tres niveles de gobierno promoverán iniciativas para el establecimiento y adecuada operación de comedores comunitarios físicamente accesibles. 

 

Además, la Ley prohíbe que las personas servidoras públicas, en el desempeño de las funciones a las que se refiere esta Ley, actúen de manera parcial, con motivo de sus intereses personales, familiares o de negocios. Cualquiera de estas acciones será sancionada en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 

 

También se indica la creación del Sistema Intersecretarial Nacional de Salud, Alimentación, Medio Ambiente y Competitividad (SINSAMAC), como la instancia de colaboración entre los tres órdenes de gobierno, la ciudadanía y los comités de alimentación, para promover políticas y medidas tendientes a promover, respetar, proteger y garantizar el derecho a la alimentación adecuada. 

 

La Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales, en sus respectivos ámbitos de competencia, establecerán las bases de coordinación para la integración y funcionamiento de este Sistema. 

 

Asimismo, podrán participar aquellas instituciones que quisieren contribuir en la construcción de un sistema agroalimentario saludable, justo, sostenible y competitivo, previa solicitud al Secretariado Técnico, quien revisará y dará trámite a la solicitud acorde con lo establecido en el Reglamento de esta Ley. 

 

El proyecto crea el Consejo Intersectorial Nacional, presidido directamente por la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, quien podrá delegar esta función en la Dirección del SINSAMAC, con el fin de asegurar la discusión y atención transversal de políticas públicas en la materia. 

 

En ambos casos, se aclara en el documento aprobado, los cargos de las personas que los integran son honoríficos, incluido el Secretariado Técnico del SINSAMAC, por lo que no tendrán derecho a remuneración alguna por las funciones que desempeñen. 

 

También se establecen medidas para impedir que los particulares priven a las personas del acceso a una alimentación adecuada, con base en los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad, subsidiariedad, sostenibilidad ambiental, precaución, participación social, igualdad de género y etaria, interés superior de la niñez, diversidad cultural, eficiencia, libre competencia, transparencia y rendición de cuentas. 

 

 La senadora Ana Lilia Rivera Rivera, de Morena, agradeció a las y los senadores de los Grupos Parlamentarios que dieron su voto a favor de la nueva legislación, porque significa un paso adelante en favor de garantizar la alimentación de los grupos más vulnerables. 

 

El nuevo ordenamiento fue aprobado por mayoría de votos de ambas comisiones unidas y fue remitido a la Mesa Directiva para su trámite correspondiente.