plg_search_media
Search - EDocman
Buscar - Categorías
Buscar - Contactos
Buscar - Contenido
Buscar - Canales electrónicos
Buscar - Etiquetas

Número  - 288

  • Establece medidas para garantizar acompañamiento especializado de las víctimas y actualiza tipos penales en la materia.

Las y los integrantes de la Comisión de Justicia del Senado, que preside la senadora Olga Sánchez Cordero, aprobaron diversos dictámenes que le fueron turnados por la Mesa Directiva para su análisis y deliberación. 

 

Entre ellos, destaca una reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Victimas de estos Delitos. 

 

El proyecto establece que las autoridades deberán adoptar medidas que garanticen el acompañamiento especializado efectivo de las víctimas; la separación del lugar donde se encontraba, así como de los posibles responsables; brindar asesoría jurídica, seguridad, protección, bienestar físico y psicológico; así como resguardar su intimidad, identidad y datos personales, desde que se conozca el ilícito. 

 

Además, plantea que tienen que actuar con perspectiva de género y para garantizar los derechos de la infancia, desde las medidas de acompañamiento, protección, las denuncias ante las autoridades ministeriales, el proceso jurisdiccional, hasta llegar a la ejecución de las sentencias que contengan las medidas reparatorias.  

 

Sugiere que el Ministerio Público y los policías procedan de oficio o a petición de parte con el inicio de la indagatoria por los delitos en materia de trata de personas, inmediatamente después de que tengan conocimiento de éstos por cualquier medio formal o informal.  

 

La reforma actualiza los tipos penales para incluir el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes para formar parte de un grupo criminal o a quien utilice a menores para cometer cualquiera de las actividades delictivas por grupos armados, trabajando de la misma manera en la aplicación de las sanciones correspondientes. 

 

Asimismo, el dictamen sugiere una pena de 25 a 45 años de prisión y de dos mil 100 a 30 mil días multa, a quien, con la finalidad de explotar sexualmente a su pareja o descendientes de ésta, establezca alguna relación sentimental análoga bajo el engaño de constituir una familia, independientemente de la edad de la pareja o de su descendencia.