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Número - 983

  • Prohíbe la introducción y comercialización al país de cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores. 

 

Las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios legislativos, Segunda, aprobaron el dictamen por el que se expide la nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, que busca actualizar y modernizar las cuotas arancelarias que les corresponden a las mercancías producto del comercio internacional. 

 

Se trata de una nueva Ley que se adecuará a los flujos vigentes de comercio internacional, que permitirá una identificación más precisa de las mercancías para fines únicamente estadísticos; y que beneficiará a las personas y a la propia autoridad aduanera, al facilitar el seguimiento y el cumplimiento de la Ley. 

 

Uno de los principales objetivos, refiere el dictamen, es instrumentar la “Séptima Recomendación de Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”; así como actualizar y modernizar la materia de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. 

 

Asimismo, prohíbe la importación y exportación de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares Sin Nicotina, Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares. 

 

“Dichos productos no pueden obtener autorización por parte de la Autoridad Sanitaria para llevar a cabo la realización de actividades relacionadas con la producción, fabricación, o importación de éstos, razón por la cual está prohibida su comercialización dentro del territorio nacional”, subraya el proyecto que aprobaron las comisiones que presiden el senador Alejandro Armenta Mier y Ana Lilia Rivera Rivera.  

 

Faculta además a la Secretaría de Economía para publicar los números estadísticos de las fracciones arancelarias; y de armonizar los números para la clasificación e identificación de mercancías con mayor detalle y de acuerdo con la codificación que les corresponde en el comercio internacional. 

 

El presente dictamen, se desprende de una Minuta aprobada en la Cámara de Diputados el pasado 9 de diciembre del 2021 y que fue turnada a las comisiones unidas del Senado, el 1 de febrero del 2022. 

 

Precisa que actualmente, el Sistema de Armonización está en su versión 2017, que implementa la Sexta Recomendación de Enmienda desde su creación en el año 1988, vigente desde el 1 de enero de 2017. 

 

Sin embargo, se agrega que México la implementó hasta el año 2020, con lo cual durante más de tres años se incumplió con los compromisos adquiridos y, por tanto, no estuvo alineado en términos de nomenclatura arancelaria con sus principales socios comerciales.  

 

En dictamen subraya que “la iniciativa proyecto de decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, no generaría impacto presupuestario al erario federal, toda vez que se trata de una Iniciativa de carácter administrativo. 

 

Además, no establece nuevas atribuciones, no crea programas presupuestarios, no propone estructuras orgánicas nuevas ni modifica las actuales y no establece destinos específicos de gasto público”.