plg_search_media
Search - EDocman
Buscar - Categorías
Buscar - Contactos
Buscar - Contenido
Buscar - Canales electrónicos
Buscar - Etiquetas

Número - 857

  • El decreto 848 que reforma diversos artículos del Código Penal del estado, crea delitos declarados inconstitucionales por la SCJN, afirma el senador Miguel Ángel Mancera.  

 

El senador del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa, presentó ante el Pleno del Senado un punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presente una iniciativa de ley para derogar el delito de ultrajes a la autoridad contenido en el artículo 331 Bis del Código Penal de esa entidad. 

 

En el proyecto, turnado a la Comisión de Gobernación, el legislador explicó que el pasado 11 de marzo de 2021 se publicó en la Gaceta Oficial del gobierno veracruzano, el decreto número 848 que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal del estado, en materia de extorsión, robo, despojo y ultrajes a la autoridad, contra las instituciones de seguridad pública y contra la seguridad de la comunidad. 

 

Con la entrada en vigor de dichas reformas, destacó el senador, se tiene registro que al 28 de enero de 2022 se han realizado 1,033 detenciones por el delito de ultrajes a la autoridad, con motivo de ello se presentaron 590 quejas ante la Contraloría Interna de la Fiscalía General de Justicia del estado y 31 quejas en la Comisión Estatal de Derechos Humanos local. 

 

El senador consideró que el decreto 848 reforma diversos artículos, para crear dos delitos sumamente cuestionados, e incluso, declarados como inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el primero de ellos el contenido en el Capítulo VIl, específicamente en el artículo 331 denominado “Ultrajes a la autoridad” dentro del Título XVII. 

 

Mancera Espinosa agregó que otro artículo reformado es el 371 Quinquies, dentro del Título XXII, Delitos contra la Seguridad Pública, Capítulo 1, Delitos Contra las Instituciones de Seguridad Pública. 

 

Éste articulo castiga “a quien amenace o agreda a un integrante o elemento de alguna institución de Seguridad Pública municipal o estatal en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas”. 

 

Sin embargo, acotó el senador, ante una eventual derogación del artículo 331, “hace falta también la expulsión del artículo 371 Quinquies, ambos del Código Penal de Veracruz, pues de la simple comparación de ambos artículos se desprende la existencia de una conducta similar, la única diferencia es que en el 331 se refiere: “a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas”.