plg_search_media
Search - EDocman
Buscar - Categorías
Buscar - Contactos
Buscar - Contenido
Buscar - Canales electrónicos
Buscar - Etiquetas

Número-666

  • Combatir prácticas contra personas de la comunidad LGBTT+ en el ámbito político- electoral, objetivo de la senadora Alejandra León Gastélum.

     

La senadora Alejandra del Carmen León Gastélum señaló que aún existen partidos políticos que, a través de su propaganda política-electoral, definen un modelo de familia “único” o “tradicional que no está reconocido en la Constitución y esto contraviene diversas normas en materia de discriminación. 

 

En ese contexto, la legisladora impulsa una reforma al artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos, para que dichas agrupaciones se abstengan de promover, difundir o realizar actos que lleven a la discriminación en contra de personas de la diversidad sexual y de género.  

 

León Gastélum dijo que esta reforma, que fue turnada a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos en diciembre pasado, busca contribuir al combate de la discriminación que padecen las personas de la comunidad LGBTT+ en el ámbito político- electoral.  

 

En el pasado proceso electoral a nivel federal y local, señaló, pudo constatarse que aún existen partidos que hacen de la preservación del matrimonio, como la unión legal entre personas del sexo opuesto, un elemento fundamental de su plataforma política. 

 

Agregó que lo mismo sucede con la adopción homoparental ya que, en abril pasado, el Instituto Nacional Electoral ordenó el retito de un spot de un partido, debido a que expresaba abiertamente su oposición a dicha posibilidad, con el argumento de que “defiende el valor de la familia”. 

 

Con ese mensaje, explicó la senadora, se hacía alusión a que las parejas del mismo sexo denigraran la institución familiar o como si con sus uniones afectaran el sano desarrollo de las y los niños.  

 

Refirió que, en el proceso electoral intermedio de 2021, varios partidos políticos impugnaron un acuerdo del INE, en el que se determinaba que, de las 15 candidaturas que podía presentar cada agrupación para contender por un escaño en la Cámara de Diputados, tres deberían ser asignadas a personas de la diversidad sexual y de género.  

 

Los quejosos, detalló, argumentaron que el acuerdo no coincidía con sus documentos básicos, pues en ellos se establece “el fomento a los valores familiares”, que tenían sentido contrario a su agenda legislativa en lo relativo a la adopción por parte de parejas del mismo sexo.  

 

“No podemos permitir que nuestro sistema político y electoral existan partidos que abiertamente emitan propaganda que tengan como resultado la discriminación, la restricción, impedimento u obstaculización del ejercicio pleno de los derechos humanos por razón de sus preferencias sexuales”, concluyó.