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Número-354 

  • Avalan senadores prohibir cualquier acto discriminatorio en planteles educativos.  

     

     

Para que la Secretaría de Educación Pública (SEP) garantice el derecho a la enseñanza de personas con discapacidad y prohíba cualquier discriminación en los planteles escolares, las comisiones unidas de Desarrollo y Bienestar Social, y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron reformar la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. 

 

El dictamen, aprobado por estos órganos legislativos que presiden las senadoras Elvia Marcela Mora Arellano y Ana Lilia Rivera Rivera, plantea que la SEP establecerá en el Sistema Educativo Nacional el diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas para el pleno ejercicio de los derechos de dicho grupo poblacional. 

 

Así como garantizar su inclusión en todos los niveles educativos a través del desarrollo y aplicación de normas y reglamentos que eviten su discriminación, favorezcan la accesibilidad en las instalaciones educativas, otorguen apoyos didácticos, materiales técnicos, y cuenten con personal docente capacitado. 

 

Las y los senadores consideraron que además se deben implementar mecanismos para que niñas y niños con discapacidad ejerzan su derecho a la formación gratuita y obligatoria, y a la atención especializada en centros de desarrollo infantil, guarderías públicas o privadas, así como en otros espacios análogos, mediante convenios de servicios.  

 

Además, dispone el proyecto, las y los menores con discapacidad no podrán ser condicionados en su integración a la educación inicial o preescolar.  

 

También destacaron que la Secretaría de Educación Pública garantizará que los programas educativos que se transmiten por televisión pública o privada, nacional o local, abierta o de paga, incluyan tecnologías para texto, audiodescripciones, estenografía proyectada o intérpretes de Lengua de Señas Mexicanas.   

 

En la reunión, también se avaló en sus términos una minuta que adiciona una fracción X al artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para que, de manera enunciativa y no limitativa, se dé a las personas adultas mayores información plural, oportuna y accesible, la cual será garantizada por el Estado. 

 

El proyecto indica que este grupo etario, además tienen el derecho de acceder a la información pública, como uno de los derechos civiles en lo que se funda la ciudadanía y favorece la autonomía de las personas. 

 

Para lo cual, precisa que el acceso a la información requiere que se tomen medidas para que los adultos accedan a ella mediante ayuda tecnológica, interpretes y el uso de formato de lectura fácil.