Número - 555
- Establece las normas relativas a la estructura, integración, funcionamiento y competencias de los órganos que lo componen.
El Pleno del Senado de la República aprobó en lo general con 79 votos a favor y 31 en contra, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. La mayoría parlamentaria integrada por Morena, PT y PVEM votó a favor del dictamen, en tanto, que la oposición conformada por el PAN, PRI y MC lo hicieron en contra.
En lo particular se presentaron dos reservas, una por el senador Rolando Rodrigo Zapata Bello, del PRI, que fue rechazada; y la segunda por la senadora Blanca Judith Díaz Delgado, de Morena, que fue aceptada y modifica el artículo 123 de esta ley.
La reserva establece que se incorpore como requisito, además de los señalados en el artículo 95 constitucional, que para ser considerado en la designación de los cargos de magistrada o magistrado de la Sala Superior o Salas Regionales del Tribunal Electoral, la persona interesada no debe haber desempeñado en los seis años anteriores inmediatos a su designación ningún cargo en la Dirección Ejecutiva a nivel nacional, estatal, distrital o municipal, en algún partido político.
Díaz Delgado explicó que la medida tiene el propósito de garantizar que quienes asuman estas funciones, lo hagan con la suficiente distancia de las dinámicas políticas y partidarias, para que así se promueva un ejercicio transparente, imparcial y centrado en el bien común, por lo que la ley fue aprobada también en lo particular por 77 votos a favor y 32 en contra.
El senador Alejandro González Yáñez, del PT, señaló que esta reforma, donde se elige de forma directa a las personas juzgadoras, es una transformación verdadera y no de “cuotas y cuates”, por lo que hoy más que nunca está garantizada la división de poderes, pues estas leyes son la mayor “revolución” del Poder Judicial.
Por el PVEM, María del Rocío Corona Nakamura afirmó que con estas reformas se terminan los “cuates, el nepotismo y la simulación” en el Poder Judicial, y ahora se privilegiará la preparación, la fama pública, el trabajo y la experiencia de las personas juzgadoras. Además, garantizan que los impartidores de justicia se conduzcan con responsabilidad, transparencia, imparcialidad, sin excesos del poder, opulencias ni privilegios.
Carolina Viggiano Austria, del PRI, manifestó que el Poder Judicial “no debe buscar responder a los votos, ser popular o caerle bien a la gente”. Su autonomía, dijo, debe garantizar la defensa de los ciudadanos, por lo que los jueces deben ser imparciales para que sus resoluciones no procedan de intereses políticos, económicos o personales.
Por Acción Nacional, María de Jesús Díaz Marmolejo, rechazó estas reformas secundarias, ya que, advirtió, socaban la legitimidad y la independencia del Poder Judicial; “de votar favorablemente este dictamen, fenecen los contrapesos imprescindibles en un sistema de separación de poderes, se concluye con la independencia judicial y damos la bienvenida a tribunales parciales y arbitrarios”, añadió.
Ana Lilia Rivera Rivera, de Morena, recordó que anteriormente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) privilegiaba los intereses de empresas privadas y extranjeras en detrimento del bien nacional. Enfatizó, en ese sentido, que el pueblo merece un Poder Judicial eficiente, honesto, libre de corrupción y verdaderamente comprometido con la justicia, lo que será una realidad gracias a la reforma constitucional en esta materia y sus leyes reglamentarias.
La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la cual establece las normas relativas a la estructura, integración, funcionamiento y competencias de los órganos que componen el Poder Judicial, es decir, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Tribunal de Disciplina Judicial, del Órgano de Administración Judicial, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de los Plenos Regionales, los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito.
Se crean dos órganos, el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial, los cuales combatirán la corrupción, la impunidad, el nepotismo y negligencia del Poder Judicial, a través de reglas claras. El Tribunal de Disciplina Judicial se compondrá de cinco magistradas y magistrados, electos mediante elección popular, en los términos señalados en la Constitución.
Será un órgano con independencia técnica, de gestión y para emitir resoluciones, cuyas tareas serán la investigación, substanciación y resolución de los procedimientos de responsabilidades administrativas de las y los servidores públicos que desempeñan funciones jurisdiccionales en el Poder Judicial, así como la resolución de los recursos de revisión en los procedimientos administrativos del personal administrativo tratándose de faltas graves.
El Órgano de Administración Judicial contará con independencia técnica y de gestión, tendrá a su cargo la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación, y velará por su buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad.
Se propone una integración de cinco personas, que durarán en su encargo seis años improrrogables, de las cuales una será designada por el Poder Ejecutivo; uno por el Senado de la República, mediante votación calificada de dos tercios de sus integrantes presentes; y tres por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con mayoría de seis votos y, funcionará en Pleno y comisiones.