- El 18 de noviembre de 2020, la Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional que reconoce el derecho al cuidado y la turnó al Senado en donde se encuentra pendiente.
- Históricamente, las labores de cuidado de niñas, niños, personas con discapacidad y adultas mayores, han recaído de manera predominante en las mujeres.
- En los últimos años, el derecho al cuidado ha tenido importantes avances legislativos a nivel local, particularmente en Jalisco y la Ciudad de México en donde las constituciones locales han sido reformadas para incorporar este derecho, sin embargo, a nivel federal todavía están pendientes reformas y leyes para la conformación de un Sistema Nacional de Cuidados, destaca un estudio de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).
El documento titulado “Avances legislativos en materia de cuidados en México”, elaborado por la investigadora Irma Kánter Coronel, señala que, el 18 de noviembre de 2020, la Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional que plantea garantizar el derecho al cuidado en condiciones de igualdad y calidad, así como promover la responsabilidad compartida entre el Estado, la sociedad civil, el sector privado y la familia.
El estudio apunta que esta minuta, la cual contempla la instauración del Sistema Nacional de Cuidados, lleva cuatro años siendo analizada por el Senado.
Posteriormente, el 20 de marzo de 2024, la cámara baja aprobó una reforma a la Ley General de Desarrollo Social para definir el trabajo de cuidados y elaborar una Política Nacional de Cuidados, desde la cual se coordinarían las estrategias gubernamentales y se promovería la responsabilidad compartida entre la familia, el sector privado, la sociedad civil y el Estado, para que garantice el derecho al cuidado en condiciones de calidad e igualdad entre el hombre y la mujer.
La investigación refiere que, históricamente, el trabajo de cuidados ha sido asignado de manera exclusiva a las mujeres, quienes han dedicado una cantidad significativa de su tiempo al cuidado de otras personas en detrimento de su desarrollo personal, profesional y laboral.
El estudio completo del IBD se puede consultar en la siguiente dirección: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/6342http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/6342