Número - 323
- El dictamen sienta las bases para resolver el déficit de vivienda que hay en México, destaca Luis Armando Melgar Bravo.
El Pleno del Senado de la República inició el análisis del dictamen que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer un sistema con orientación social para que las y los trabajadores puedan remodelar, rentar o adquirir una vivienda con financiamiento accesible.
El presidente de la Comisión de Reordenamiento Urbano y Vivienda, Luis Armando Melgar Bravo, destacó que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo se comprometió a crear un millón de viviendas en seis años, una propuesta revolucionaria y de “gran sensibilidad” para resolver el déficit habitacional que existe en el país.
Subrayó que el Poder Legislativo tiene la importante tarea de aclarar en las leyes secundarias, cómo se pondrá en marcha este proyecto y los detalles del financiamiento para que las personas puedan adquirir o arrendar una vivienda.
Óscar Cantón Zetina, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, consideró que los cambios a la Carta Magna facilitarán la implementación de “un agresivo programa de vivienda”, en el que intervendrán el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, la Comisión Nacional de Vivienda y el sector privado, aunque, precisó, “no imperará la ley del lucro o la utilidad”.
“Esto es definir una verdadera política social en términos de vivienda”, pues se pretende dar a las y los mexicanos la seguridad de poseer una vivienda en condiciones económicas y financieramente accesibles, agregó.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza Cázarez, consideró que el derecho a la vivienda es fundamental para la vida de los mexicanos y un pilar esencial para su desarrollo social y económico.
Por tanto, agregó, la reforma en materia de vivienda “marcará un cambio paradigmático, donde se fortalece el bienestar de las personas trabajadoras”, y consolida la concepción de un Estado constitucional de bienestar.
La reforma al artículo 123 constitucional plantea que toda empresa estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias, a proporcionar a las personas trabajadoras viviendas adecuadas, obligación que se tiene que cumplir mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional, a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores.
Dicho fondo, añade el dictamen, establecerá un sistema de vivienda con orientación social para las personas trabajadoras derechohabientes, que permita el otorgamiento de créditos baratos y suficientes para su adquisición o mejora, para la obtención de suelo o para la construcción de vivienda, en los términos que fije la ley.
La reforma constitucional dispone que la ley establezca los términos y condiciones para que las personas trabajadoras puedan acceder a las viviendas en arrendamiento social, así como al derecho de adquirirlas en propiedad. Además, precisa que la mensualidad del arrendamiento social no pueda exceder del 30 por ciento del salario de las personas trabajadoras.
Por último, determina que, en cualquier caso, se dará preferencia de acceso a la vivienda en arrendamiento social a las personas trabajadoras que hayan aportado continuamente al fondo y no cuenten con vivienda propia; también, la ley preverá mecanismos para evitar discrecionalidad o injerencias arbitrarias que limiten el acceso a este derecho.