Número - 41
- Se trata de una reforma a la Constitución Política promovida por el Congreso del Estado de Guerrero.
La Comisión Permanente recibió del Congreso de Guerrero una iniciativa para reformar el artículo 19 de la Constitución Política e incluir a la extorsión en el catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva, práctica que no sólo la ejercen grupos delictivos, sino también ciudadanos que la ven como una forma de obtener recursos económicos.
En la propuesta, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, se destaca que, si bien todas las personas pueden ser víctimas de este delito, la extorsión afecta más a comerciantes, a pequeños y medianos empresarios, lo que provoca daños psicológicos y físicos, además de temor a perder bienes o ahorros.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía han detectado que la extorsión se encuentra entre los delitos más cometidos en México, con incidencias que han llegado a cinco mil 134 casos por cada 100 mil habitantes, de los cuales, 88.9 por ciento fueron por vía telefónica, nueva modalidad que ha ido en aumento en los últimos años.
Por otra parte, el Instituto señala que hasta 97 de cada 100 extorsiones no se llegaron a denunciar por motivos que van desde la desconfianza en las autoridades, una posible “pérdida de tiempo” al hacer la denuncia e, incluso, el miedo a ser extorsionados nuevamente, pero esta vez por parte de las mismas autoridades.
El Congreso del Estado de Guerrero apunta en su iniciativa que los grupos de la delincuencia emplean recurrentemente la modalidad telefónica de extorsión, para amenazar de secuestro a una víctima si no paga determinada cantidad de dinero, delito que bien puede enmarcarse en el “cobro de derecho de piso” o “cobro de protección”.
La intención de que la extorsión se incluya dentro de los ilícitos que merecen prisión preventiva, expone, pretende que los detenidos por este delito permanezcan privados de su libertad mientras se les sigue el proceso penal.
Con esto, se protegería la seguridad de las víctimas y ofendidos, de los testigos, y de la sociedad en general, ya que la libertad de los extorsionadores representa un grave peligro, además de que la misma sociedad reclama constantemente que los jueces dejen libres a los extorsionadores.
Respecto a este último punto, el congreso guerrerense añade: al ser liberados, los extorsionadores continúan con esta práctica, convirtiendo a los Ministerios Públicos y Juzgados Penales solo como “puertas giratorias”.
De acuerdo con el artículo 71 de la Constitución Política, las legislaturas de los estados también están facultados para proponer iniciativas de reforma, al igual el presidente de la República, diputados, senadores y una agrupación de ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al 0.13 por ciento de la lista nominal de electores.