Número - 87
- El documento fue aprobado con 128 votos y remitido a las legislaturas de los estados
Con 128 votos a favor, el Senado de la República aprobó la reforma constitucional que promueve la participación efectiva de las comunidades indígenas y afromexicanas en las decisiones que afectan sus territorios y recursos.
Los cambios al artículo 2 de la Constitución Política fortalecen el derecho a la libre determinación de los pueblos originarios, lo que implica su capacidad de definir su propio destino, sus formas de gobierno, administración de sus territorios y recursos naturales, y la preservación de sus culturas e idiomas.
Con el dictamen, avalado por unanimidad por el pleno senatorial, este derecho no es meramente simbólico, sino un instrumento para garantizar que las comunidades indígenas y afromexicanas puedan decidir sobre los asuntos que afectan sus vidas, sin la intervención paternalista del Estado.
De esta manera, en lugar de imponer soluciones externas, el Estado se convierte en un facilitador que respeta y promueve las decisiones y estructuras internas de este sector de la población.
La reforma constitucional sienta las bases para la implementación de políticas públicas con una perspectiva intercultural y de género. Esto es fundamental para asegurar que las mujeres indígenas, quienes han sido doblemente marginadas por su género y origen étnico, también puedan ejercer plenamente sus derechos en condiciones de igualdad.
Las senadoras Claudia Edith Anaya Mota, del PRI; Amalia García Medina, de Movimiento Ciudadano; y el senador Miguel Márquez Márquez, del PAN, presentaron reservas sobre las consultas a los pueblos originarios, la proscripción de la distinción de los diferentes grupos étnicos y sobre la pluriculturalidad y derechos de las mujeres, mismas que no fueron aceptadas a discusión por la asamblea.
Por tal motivo, los artículos reservados fueron aprobados en los términos del dictamen, con 128 votos a favor. Una vez que el proyecto de decreto fue aprobado en lo general y en lo particular, fue remitido a las legislaturas de los estados para su consideración.