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Número - 20

  • Se deben de prever las consecuencias jurídicas para quienes se someten a dichos tratamientos: Mancera Espinosa.
     

El senador Miguel Ángel Mancera Espinosa, del Grupo Parlamentario del PRD, propuso incorporar al artículo 4 de la Constitución Política el derecho de acceder a las técnicas de reproducción asistida.  

 

También planteó que en la ley se establezcan las consecuencias jurídicas que surgen para quienes se someten a esos tratamientos, así como la relación que se produce con las hijas o hijos nacidos bajo esas técnicas.  

 

Mancera Espinosa dijo que, con esta iniciativa, que fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Segunda, se busca incluir en la Carta Magna el reconocimiento del derecho de procrear descendencia con métodos científicos.  

 

Además de garantizar el derecho a la identidad mediante el vínculo filial que se genera entre las o los hijos, producto de estas técnicas, y la madre y el padre, aún y cuando se disuelva el vínculo matrimonial. 

 

Consideró que el derecho a la identidad está protegido por la Constitución y por otros instrumentos internacionales, que constituye un derecho humano y puede comprender otros derechos, como el derecho al nombre, a la nacionalidad y a conocer su filiación y origen. 

 

Refirió que, dentro del matrimonio, cualquier tipo de reproducción asistida tiene que ser previamente consentida por ambos cónyuges; si hubo consentimiento en utilizar distintos métodos, el cónyuge no puede impugnar la paternidad de los hijos que durante el matrimonio conciba su cónyuge mediante esos procesos de reproducción.